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Las Autoridades y demás miembros de la Comunidad de la Universidad Católica del Táchira, lamentan profundamente el fallecimiento de la:

Sra. Gladys Marina Soto de Acero

Madre de la profesora Mary Francy Acero, Profesora adscrita a la Facultad de Ciencias Jurídicas y Políticas.

Hecho luctuoso acaecido el día de hoy, en esta ciudad de San Cristóbal. En estos momentos de dolor, hacemos llegar a la Profesora Mary Francy Acero y a toda su distinguida familia, nuestras palabras de esperanza cristiana en la Resurrección final con las palabras que la Iglesia, desde sus orígenes, ha recordado en el canto de las letanías “Quien cree en Ti Señor, no morirá para siempre/Yo sé que mi Redentor vive y el último día resucitaré de la tierra”.

San Cristóbal, 27 de junio de 2021


Los voluntarios de Doctor Yaso buscan alternativas para seguir realizando labor humanitaria

 Formación, reflexión y acción

La prevención y los cuidados que se han tenido que acatar ante la pandemia por la covid-19 han obligado a replantear las prácticas humanas en casi todas las áreas, especialmente en el área de la salud. Es el caso de muchas organizaciones de tipo humanitaria (ONG, voluntariados) que tuvieron que interrumpir su labor, por el propio cuidado de sus miembros y el de sus beneficiados desde principios del año 2020.

Tal es el caso de Doctor Yaso, payasos humanitarios, que una vez decretada la cuarentena, tuvo que suspender todas las actividades presenciales a nivel nacional e internacional. Durante esos meses el voluntariado adoptó la modalidad de “visitas virtuales” como un modo de seguir ofreciendo el servicio a la comunidad, a la par de realizar reuniones y jornadas de formación virtual.

La virtualidad permitió seguir en contacto con los voluntarios y los beneficiados de manera segura.

Fue hasta finales del año 2020 cuando la coordinación del programa Doctor Yaso consideró que se podía asumir el reto de realizar visitas con el voluntariado de payasos humanitarios de manera presencial, esta vez con nuevos detalles para tener en cuenta, enfocados en la bioseguridad antes, durante y después de la práctica, pero también centrados en aportar un beneficio concreto para quienes más lo necesitan a la vez de sensibilizar y brindar información sobre la prevención de la covid-19.

En esa oportunidad, las actividades se retomaron en noviembre del año 2020 visitando las comunidades de Zorca y Rubio, tras las inundaciones producto de las lluvias.

 No es fácil, pero es necesario ¡Si se puede!

El tiempo sigue avanzando, las personas y los proyectos van encontrando el modo de adaptarse para poder continuar. En este sentido se hace imprescindible generar confianza en medio de un contexto en el que no se puede bajar la guardia ante la pandemia del coronavirus.

Para el equipo de Doctor Yaso la prioridad siempre ha sido: cuidar y brindar el mayor beneficio posible a los pacientes, a la vez de cuidar y acompañar a los voluntarios. Bajo estos principios se han realizado los ajustes necesarios para seguir realizando la labor, en un formato más reducido, con estrictos protocolos de logística y coordinación y acatando las normas de bioseguridad con respeto y consciencia.

Para llegar a ese punto, la coordinación general de Doctor Yaso ha realizado reuniones presenciales y virtuales con los voluntarios para dialogar sobre la situación y visualizar tanto las acciones como el modo de realizarlas. También  han tenido asesorías con especialistas del área de la salud y con las instituciones donde prestan servicio.

Adicionalmente, han hecho un énfasis en retomar dinámicas de formación, primeramente para incorporar y ejercitar las nuevas normas de bioseguridad por parte de los voluntarios, pero también para ellos pudieran reconectar con su payaso a través de la mística del juego y la exploración.

En ese sentido, los payasos humanitarios tienen la particularidad de realizar un servicio que requiere entrenamiento físico, mental, emocional e incluso espiritual. Ellos deben poder manejar su propia energía y creatividad como un elemento vivo que está en una constante relación dinámica con los lugares, personas y contextos.

Por eso, antes de volver a las actividades presenciales, se han realizado jornadas de formación para pequeños grupos, lo que ha impactado directamente en el aumento de la confianza, la motivación, el ánimo y la disposición de los voluntarios para volver a llevar sus payasos a donde sea necesario.

Entre las últimas actividades que ha realizado el programa Doctor Yaso, se destacan:

1) Jornada médica en Naranjales, Municipio Fernández Feo, Estado Táchira, en apoyo al I CUMIS (Campamento Universitario Multidisciplinario de Investigación y Servicio de ACUEM ULA Táchira) (14 de mayo de 2021). Esta jornada contó con un equipo de 35 personas del CUMIS, acompañados por 30 médicos voluntarios. Se logró llevar atención médica a más de 500 personas de la comunidad en las áreas de pediatría, medicina interna, cardiología, ginecología, medicina general, traumatología, urología, odontología y psicología. Con una planificación de más de 4 meses, se contó con el apoyo de ACNUR Venezuela, UNFPA Venezuela, la Sociedad Wills Wilde y UNIANDES A.C. Por parte de Doctor Yaso asistieron 7 voluntarios.

2) Visita en el Hospital General de Táriba (21 de mayo de 2021) Esta representa la primera visita en un centro de salud realizada desde marzo del año 2020, cuando inició la pandemia. Se logró gracias a un proceso de diálogo con la directiva del hospital para determinar las condiciones y protocolos de seguridad en el lugar. En esta oportunidad se atendieron los servicios pediatría, traumatología, medicina interna, cirugía e inmunización. En total se visitaron 77 personas (27 pacientes, 34 acompañantes y 16 personas entre médicos, enfermeros, camilleros y personal administrativo y de mantenimiento). Por Doctor Yaso asistieron 10 voluntarios.

3) Visita en el Hospital Militar (29 de mayo de 2021) Gracias a una solicitud de la institución y a la apertura de sus directivos, el programa Doctor Yaso visitó este centro de salud. Se atendieron 63 personas, en áreas pediatría, trauma y áreas comunes. Asistieron 3 voluntarios de Doctor Yaso.

4) Visita en alianza con Santa en las Calles para Fundación Guardianes del Futuro 2020 en San Rafael de Cordero (04 de junio de 2021) Se atendieron a 25 niños, en una jornada de compartir y de llevar insumos. Participaron 5 voluntarios de Doctor Yaso payasos humanitarios.

Aunque la labor de muchas organizaciones humanitarias haya tenido que mermar por la pandemia, no queda duda que la voluntad y la disposición de servicio de las personas que se dedican a este tipo de iniciativas sigue latente y orientada a la acción, como es el caso de Docto Yaso, payasos humanitarios sede San Cristóbal, coordinado desde la Universidad Católica del Táchira, que continúa haciendo posible la atención humanitaria y solidaria a quienes más lo necesitan.

San Cristóbal, 24 de junio del 2021.

Coordinación de Arte y Cultura

Decanato del Medio Universitario

Universidad Católica del Táchira


¡PREINSCRÍBETE EN LA UCAT! 

Preinscripciones abiertas del 24 de junio al 30 de julio de 2021, año académico 2020 – 2021 para las carreras de pregrado.

Revisa el material que aquí te ofrecemos, en el cual se detallan los pasos para realizar tu preinscripción de manera exitosa: (clic en el siguiente botón)

UCAT


Las Autoridades, y demás miembros de la Comunidad de la Universidad Católica del Táchira, lamentan profundamente el fallecimiento del:

Sr. Fermín Sandia

Padre del Abogado Enmanuel Sandia Cegarra, profesor de la Facultad de Ciencias Jurídicas y Políticas de esta Universidad.

Hecho luctuoso acaecido el día de hoy, en esta ciudad de San Cristóbal. En estos momentos de dolor, hacemos llegar al Profesor Enmanuel Sandia y a toda su familia nuestras palabras de esperanza cristiana en la Resurrección final con las palabras que la Iglesia, desde sus orígenes, ha recordado en el canto de las letanías “Quien cree en Ti Señor, no morirá para siempre/Yo sé que mi Redentor vive y el último día resucitaré de la tierra”.

San Cristóbal, 21 de junio de 2021


Estimados estudiantes, se les informa que todos aquellos alumnos que estén solventes con el mes de junio, hasta el mediodía de mañana, 22 de junio de 2021, podrán iniciar la presentación de los exámenes del periodo comprendido entre el 23 de junio de 2021 y hasta el 08 de julio de 2021, ambos inclusive. Asimismo, se les recuerda que el pago de la cuota del correspondiente mes, deberá realizarse siempre dentro de los primeros cinco (5) días de este.

La UCAT no se detiene ni tu futuro tampoco. La responsabilidad y el compromiso es de todos.

 San Cristóbal, 21 de junio de 2021


Estimados Graduandos de los actos Julio 2020 y Abril 2021, por este medio, respetuosamente se hace de su conocimiento que para la entrega de los títulos de grado, y completar el trámite de egreso, se han fijado los siguientes días: el día 23 de junio de 2021, para el primero de los casos, y, los días 24 y 25 de junio de 2021, para el segundo de ellos. Todo ello bajo el cronograma y demás indicaciones que se harán saber oportunamente.

La UCAT no se detiene ni tu futuro tampoco. La responsabilidad y el compromiso es de todos.

San Cristóbal, 14 de junio de 2021


​Estimados estudiantes, se les recuerda que, conforme a la Resolución del Consejo Universitario de 26 de marzo de 2021, deberán estar solventes al día 15 de junio de 2021 con la cuota correspondiente al corriente mes, para poder presentar los exámenes que se realicen desde el día 18 de junio de 2021.

La UCAT no se detiene ni tu futuro tampoco. La responsabilidad y el compromiso es de todos.

 San Cristóbal, 11 de junio de 2021


Estimados estudiantes, se les informa que todos aquellos alumnos que estén solventes con el mes de mayo, hasta el mediodía de mañana, 03 de junio de 2021, podrán iniciar la presentación de  los exámenes del periodo comprendido entre el día 07 de junio de 2021 y hasta el 15 de junio de 2021, ambos inclusive. Asimismo, se les recuerda que el pago de la  cuota del presente mes deberá realizarse dentro de los primeros cinco (5) días de este.

La UCAT no se detiene ni tu futuro tampoco. La responsabilidad y el compromiso es de todos.

 San Cristóbal, 02 de junio de 2021


AR-I JUNIO 2021

A todo el Personal de La Universidad Católica del Táchira.

Para dar cumplimiento con lo establecido en la Ley de Impuesto sobre la Renta (Decreto con Rango, Valor y Fuerza de La Ley de Reforma de la Ley de Impuesto Sobre la Renta, Decreto Nro. 2163 del 29/12/2015, Gaceta oficial Extraordinaria nro. 6210 del 30/12/2015). Y Reglamento parcial de La Ley de Impuesto Sobre la Renta en materia de Retenciones. Se notifica a todo el personal que labora en la Universidad Católica del Táchira, que deben enviar vía correo electrónico RRHH@ucat.edu.ve, la planilla de la AR-I JUNIO 2021, por aumento de la Unidad Tributaria.

  1. Docentes a Dedicación Exclusiva y Tiempo Completo,  Administrativo, Empleado y Operario, hasta el día 07 de Junio del 2021.
  2. Docentes Tiempo Convencional, hasta el día 14 de Junio del 2021.

Ingresar  al Link: http://www.ucat.edu.ve/RRHH/


El Consejo Universitario de la Universidad Católica del Táchira, en ejercicio de las facultades contenidas en los artículos 24 y 26 numerales 1, 20 y 21 de la Ley de Universidades, en concordancia con el artículo 15 numerales 1, 2, 5, 7, 9, 10, 12, 13 y 14 de la Ley de Servicio Comunitario del Estudiante de Educación Superior, así como en las demás normas legales y reglamentarias que en este caso corresponden,

Considerando
Que el Ejecutivo Nacional mediante Decreto No. 4.159 del 13 de marzo de 2020, publicado en esa misma fecha en la Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela No. 6.518, suspendió las actividades educativas presenciales en todos los planteles educativos e instituciones de educación universitaria a partir del 16 de marzo de 2020, a los fines de evitar la propagación de la COVID-19.

Considerando
Que el Ejecutivo Nacional ha prorrogado la medida de suspensión de las actividades académicas presenciales en el sector Universitario hasta la presente fecha.

Considerando
Que la Universidad Católica del Táchira, como Institución con Identidad Católica, está comprometida con la protección y defensa de los derechos humanos fundamentales de los ciudadanos, como el derecho a la vida, a la salud y a la educación.

Considerando
Que la Universidad Católica del Táchira, posee una comunidad universitaria que se integra en “la tarea permanente de buscar y hallar la verdad, empeñada en afianzar el valor trascendente de la persona, con un decidido espíritu de dialogo, pluralismo, democracia, justicia social y solidaridad humana. Inspirada por la fe cristiana que busca la justicia, asume el reto de la formación integral de sus miembros como un aporte específico a la sociedad venezolana. Enraizada en el corazón de esta región andina, contribuye al desarrollo sustentable regional y nacional, trabaja por la integración de los pueblos, especialmente de América Latina, y colabora en el fortalecimiento de la cultura de la paz, y de afianzar el valor trascendente de la persona.”

Considerando
Que la Universidad Católica del Táchira cuenta con miembros del personal docente de comprobada idoneidad académica y alumnos que asumen el compromiso de iniciar y continuar con éxito su formación académica.

Considerando
Que los periodos lectivos de la Universidad Católica del Táchira, están comprendidos entre el primero de octubre y el treinta de septiembre del año siguiente, encontrándose vigente para la fecha de la presente resolución la emergencia de salud ocasionada por la propagación masiva de COVID- 19, así como otras situaciones graves de diverso orden, que impiden comenzar el periodo lectivo de manera presencial.

Considerando
Que es necesario dictar una normativa para regular el proceso de enseñanza-aprendizaje dentro de condiciones excepcionales, con el propósito de facilitarlo y en el espíritu del mayor respeto al inconmensurable esfuerzo desarrollado por los docentes de la institución, el deseo de superación de sus alumnos y el aporte permanente de los demás miembros de comunidad universitaria.

RESUELVE

Artículo 1º. Dictar las siguientes normas que tienen por objeto regular las actividades de enseñanza-aprendizaje multimodal de los estudios de pregrado, postgrado y educación continua, de la Universidad Católica del Táchira, para el periodo lectivo que inicia el 1 de octubre de 2020 y termina el 30 de septiembre de 2021. El referido sistema se mantendrá de manera excepcional y exclusiva, durante la situación extraordinaria ocasionada por la pandemia de COVID-19 y otras situaciones graves que así lo ameriten.

Artículo 2º. Durante esta situación excepcional, el acto pedagógico de la UCAT se ejecutará mediante plataformas virtuales y otros medios digitales disponibles, a través de actividades sincrónicas y asincrónicas en el proceso de enseñanza-aprendizaje incluida la evaluación; dentro de los parámetros del sistema de enseñanza multimodal, con la flexibilidad que impone el contexto. La Universidad podrḠen cualquier momento del año académico, regresar al sistema presencial de enseñanza.
Parágrafo único: Se autoriza la realización de actividades de enseñanza-aprendizaje, así como la presentación de evaluaciones parciales, diferidas de parciales, finales, diferidas de finales, de reparación y cualesquiera otras actividades académicas evaluativas no presenciales.

Artículo 3º. Los miembros de la comunidad universitaria ucatense, deben cumplir las actividades y tareas que estén a su cargo o aquellas que les sean asignadas, de la manera más idónea, en consonancia con la presente resolución.

Artículo 4º. La formalización de la inscripción, por parte de los alumnos, y la aceptación de la inclusión en la Organización Académica, por parte de los docentes, equivale a la manifestación de tener las habilidades y competencias necesarias para el cumplimiento de las actividades académicas del sistema educativo multimodal establecido en esta resolución.

Artículo 5º. Los docentes cumplirán sus actividades de enseñanza-aprendizaje, conforme a la respectiva Organización Académica aprobada para el periodo lectivo 2020-2021. Para ello, preferiblemente harán uso de la plataforma Moodle de la UCAT, teniendo a su disposición las oportunidades de capacitación que oportunamente ofrecerá la UCAT. En caso de usar otra herramienta virtual, el docente dejará registro de todas las actividades de enseñanza-aprendizaje propuestas a los alumnos para el cumplimiento del contenido programático y las evaluaciones. A solicitud de la Escuela de adscripción, exhibirá el referido registro.

El docente privilegiará el uso de métodos y herramientas asincrónicas, y de la web 2.0, para el proceso de enseñanza-aprendizaje.

Parágrafo único: La UCAT en sede de Loma del Tejar, dispondrá, dentro de sus posibilidades, de los espacios y recursos tecnológicos necesarios para apoyar al docente en la realización de las actividades académicas virtuales.

Artículo 6º. El docente, antes del 30 de octubre del presente año, consignará a la Escuela de su adscripción, la planificación académica correspondiente al año académico 2020-2021, en la que se indicarán los objetivos, actividades y recursos a usar, en el desarrollo de los contenidos programáticos de la respectiva asignatura, así como el plan de evaluación, en cumplimiento de lo previsto en el artículo 24° del Reglamento del Personal Docente y de Investigación de la UCAT. Igualmente informará a los alumnos, oportunamente, las pautas de obligatorio cumplimiento para la elaboración y entrega de las actividades planificadas, así como las condiciones, forma y ponderación de todas las actividades evaluativas.

Artículo 7º. Para el desarrollo del acto pedagógico, se tendrán en cuenta algunas dimensiones que permitirán integrar las tecnologías de aprendizaje:

___a. Actividades de enseñanza-aprendizaje: comprende las acciones y tareas que realiza el docente en el aula virtual, tales como: clases sincrónicas o asincrónicas, grabadas por el profesor mediante audios o videos. Cada sesión podrá ser acompañada de foros, debates, lecturas, ensayos, ejercicios matemáticos, resolución de casos, investigaciones, entre otros.

___b. Recursos de enseñanza-aprendizaje: comprende los materiales de contenido e información, que el docente indicará al alumno con el fin de profundizar el contenido programático, tales como presentaciones multimedia, gráficos, mapas conceptuales, esquemas, imágenes, sitios web, entre otros.

___c. Información y comunicación: son todas las acciones de interacción social entre estudiantes y profesores a través de herramientas digitales, como foros, videos conferencias, audio conferencias, mensajes (WhatsApp, Telegram o correo electrónico). Esta acción es fundamental para que el aula virtual no se convierta en un repositorio.

___d. Monitoreo de los aprendizajes: son las acciones orientadas a verificar el logro de los aprendizajes en los estudiantes. El docente es el guía del proceso de enseñanza-aprendizaje, a través de las correspondientes actividades de evaluación y seguimiento, tales como: exámenes escritos, orales o prácticos, interrogatorios, trabajos de investigación, foros de análisis, ensayos analíticos, estudio de casos, elaboración de informes de contenido, exposición mediante videos, entre otras modalidades.

Artículo 8º. Los docentes dedicarán a las actividades de enseñanza-aprendizaje, un tiempo no menor al establecido en la carga académica semanal, conforme a la respectiva Organización Académica 2020-2021. Las actividades sincrónicas se ejecutarán preferiblemente en los horarios de clase aprobados por la respectiva Facultad.

Artículo 9º. Los alumnos deberán cumplir con todas las actividades académicas que les sean asignadas por los docentes, respetando los métodos o modalidades empleadas, su ponderación y las pautas dadas. En este sentido, deberán estar atentos y pendientes de las instrucciones de los docentes, siendo conscientes de la responsabilidad de ser constructores de su propio conocimiento.

Artículo 10º. La UCAT considerará como registro de la participación del estudiante en las actividades evaluativas, el acta de notas que el profesor envíe a la Facultad respectiva, que ha de coincidir a su vez con los registros alojados en el aula virtual de la UCAT. Si el docente utiliza una herramienta virtual distinta, deberá suministrar el soporte que genera dicha herramienta, junto con el acta de notas. Asimismo, el docente deberá resguardar los soportes durante al menos un año desde que se realice la actividad.

Artículo 11º. Las actividades evaluativas se aplicarán en la fecha establecida, programándose varios momentos para que los alumnos puedan acceder a ella.

Artículo 12º. De cada asignatura se efectuarán al menos dos actividades o evaluaciones, que tendrán la condición de evaluación parcial. Sin embargo, los docentes privilegiarán las evaluaciones continuas, según la especificidad de la asignatura que imparten.

Artículo 13º. El examen final, diferido de final y de reparación, podrá también presentarse con un trabajo final u otra actividad académica, dependiendo de las características de la asignatura y según la apreciación del profesor. En ningún caso, podrá realizarse bajo la modalidad oral.

Artículo 14º. La elaboración, aplicación y calificación de la evaluación final y de reparación, será de la exclusiva responsabilidad del profesor de la correspondiente asignatura.

Artículo 15º. El alumno podrá solicitar la información de aciertos, fallas, omisiones o debilidades en la prueba escrita de los exámenes, conforme al Reglamento Orgánico de Estudios de Pregrado.

___1. En los exámenes parciales o diferidos de parcial, el profesor de la asignatura dará la información solicitada, en el momento que fije la Escuela.

___2. En los exámenes finales, diferidos de final y de reparación, solo a los efectos del acto de información, se conformará un jurado, integrado por el profesor de la asignatura y al menos un (1) profesor del área, designado por el Decano. Este acto será presencial y se celebrará dentro de las instalaciones de la Universidad Católica del Táchira, el día y la hora fijada por la Escuela. Sin embargo, el Decano tendrá las más amplias facultades para tomar las medidas necesarias a los fines de la correcta y efectiva realización del acto de información, teniendo en cuenta la situación excepcional del momento.

Parágrafo único: El acto de información, por sí solo no dará lugar a la modificación de la calificación, salvo que se detecte alguna de las causas establecidas en el artículo 91 del Reglamento Orgánico de Estudios de Pregrado. La decisión del jurado será inapelable.

Artículo 16º. En las evaluaciones parciales y finales, el alumno que no establezca ningún contacto con el docente, y por tanto no participe en la evaluación, se tendrá como diferida, de acuerdo con lo que establece el Reglamento Orgánico de Estudios de Pregrado de la UCAT.

Artículo 17°. Los seminarios y asignaturas prácticas, declaradas como tales a tenor de lo dispuesto en el artículo 100º del Reglamento Orgánico de Estudios de Pregrado, se evaluarán de acuerdo con los reglamentos respectivos y las decisiones que, atendiendo al espíritu de estas disposiciones, adopten las correspondientes Decanas de Facultad.

Artículo 18º. El servicio comunitario se prestará de manera virtual, conforme a las siguientes reglas:

___a. Todas las actividades de la Coordinación de Servicio Comunitario se cumplirán de manera virtual.

___b. Las atribuciones del Comité Ejecutivo para el Desarrollo Comunitario, así como las tareas propias del responsable comunitario, serán asumidas temporalmente por la Coordinación de Servicio Comunitario, en vigencia de esta resolución.

___c. El proyecto a desarrollarse deberá vincularse con las necesidades identificadas a nivel local, regional o nacional, producto de la pandemia de Covid-19, empleándose los saberes impartidos en las distintas carreras que se dictan en la institución, según los casos. La Coordinación de Servicio Comunitario podrá sugerir áreas priorizadas y proyectos para ser considerados por los prestadores del servicio comunitario.

___d. Los proyectos de servicio comunitario desarrollados en los términos de esta resolución deberán concluir con un trabajo final, en el que se dará cuenta detallada de las necesidades identificadas, los modos de proceder sobre ellas a partir de sus saberes profesionales y las soluciones que potencialmente se obtendrían por su aplicación.

___e. La formación de los prestadores, la inscripción del proyecto, su aprobación, ejecución, la presentación del trabajo final y la aprobación definitiva del requisito, se realizará conforme a los tiempos y modos fijados por la Coordinación de Servicio Comunitario; dentro del espíritu de las previsiones legales y reglamentarias, en concordancia con las previsiones de esta resolución.

Artículo 19º. Los estudiantes que en este periodo lectivo 2020-2021, se encuentren cursando el quinto año de las carreras de Licenciatura en Contaduría Pública y de la Licenciatura en Administración en sus menciones: Gerencia de Empresas, Gerencia de Recursos Humanos y Mercadeo, en la Facultad de Ciencias Económicas y Sociales, y cumplan con todos los extremos legales y reglamentarios, en orden a la obtención de su grado, podrán optar por el título profesional correspondiente, sin que deban ejecutar la actividad de pasantías.

Artículo 20º. Se desaplica temporalmente y de forma excepcional:
___a. Respecto de la presencialidad; así como los lugares, días y horarios para las evaluaciones, los artículos 8º y 72º del Reglamento Orgánico de Estudios de Pregrado de la UCAT.

___b. Para la presentación de evaluaciones finales, diferidas de finales y de reparación, los artículos 98º, 99º, 100°, 101°, 102º, 103º, 104º, 105°, 106º, 113°, 114°, 115° y 117° del Reglamento Orgánico de Estudios de Pregrado de la UCAT.

___c. Por el régimen de asistencia, el artículo 49º del Reglamento de Investigación y Postgrado de la UCAT.

___d. Cualquier otra norma prevista en el Reglamento Orgánico de Estudios de Pregrado de la Universidad Católica del Táchira, el Reglamento de Investigación y Postgrado de la UCAT, o en otra diversa disposición interna de la institución, que contravenga lo previsto en esta resolución.

En todos los restantes casos, conserva plena vigencia el régimen general de pregrado y postgrado, conforme a los instrumentos normativos y demás decisiones de gobierno y de gestión, emitidas por las autoridades competentes.

Artículo 21º. Se suspende de manera excepcional, durante el año académico 2020-2021, la Normativa de Pasantías, para estudiantes de últimos años de las correspondientes carreras, dentro de la Facultad de Ciencias Económicas y Sociales.

Artículo 22º. El Consejo Universitario podrá, en vigencia de esta resolución, dictar las disposiciones complementarias que resulten pertinentes a procurar el correcto desarrollo del proceso enseñanza-aprendizaje, en atención a las circunstancias presentes en el contexto en el que ella se aplica.

Artículo 23º. Las dudas acerca de la interpretación y el alcance de las disposiciones de la presente resolución serán resueltas por el Consejo Universitario.

Dada, firmada, sellada y refrendada por el Consejo Universitario de la Universidad Católica del Táchira, en la ciudad de San Cristóbal, a los veintiocho días del mes de mayo de dos mil veintiuno.

Dr. Pbro. Javier Yonekura Shimizu
Rector – Presidente

Refrendado:
Abog. Esp. Jesús Gerardo Díaz Secretario

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